Congelado: qué implica la inhibición que rige para Alberto

El expresidente no podrá disponer libremente de su patrimonio a raíz de la inhibición general de bienes que le dictó en la víspera el juez Julián Ercolini.




BUENOS AIRES (NA) — El ex presidente Alberto Fernández no podrá disponer libremente de su patrimonio a raíz de la inhibición general de bienes que le dictó en la víspera el juez Julián Ercolini en la causa por los seguros del Banco Nación, pero esa medida no afecta a la jubilación que recibe como ex mandatario porque ese ingreso tiene carácter alimentario.

No obstante, la medida impone un virtual letargo civil para su vida económica, pues dispone “el congelamiento de todas las inversiones y plazos fijos” y datos sobre “si han adherido, aún de forma condicional, alguno de los sinceramientos fiscales y/o al sistema voluntario y excepcional de declaración de tenencia de moneda nacional y/o extranjera y demás bienes en el país y en el exterior, incluyendo también a sus familiares”.

El juez dispuso el levantamiento del secreto bancario y fiscal sobre todos sus productos financieros.

El juez le pidió, además, al Banco Central, que le requiera  “información a entidades bancarias, financieras, agencias y casas de cambio” respecto de Fernández desde el año 2009.

Esa información abarca “la totalidad de operaciones pasivas tales como números de cuentas corrientes y/o cajas de ahorro en pesos y/o en moneda extranjera, como también los extractos con los movimientos desde su apertura a la fecha”.

También “la documentación obrante en las respectivas carpetas de clientes, legajo comercial o legajo legal”, con el fin de “contar con toda la documentación presentada por el cliente al solicitar el producto”.

La medida comprende incluso “cuentas que estén cerradas en la actualidad y/o que no hayan registrado movimiento”.

El juez ordenó la remisión de información sobre “operaciones de plazo fijo en pesos y/o moneda extranjera; operaciones activas crediticias de cualquier índole (préstamos hipotecarios y prendarios, descuentos de documentos; transferencias ordenadas o recibidas y/o giros emitidos y recibidos”.

En el caso de detectarse la posesión de cajas de seguridad, “deberá proceder a franjar” e impedir el acceso a ellas.

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